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México, 6 de mayo, 2010 (CEPET). El Sexto Tribunal Colegiado de Circuito del Poder Judicial Federal negó el pasado 24 de marzo un amparo interpuesto por el periodista Alfredo Rivera Flores, autor  del libro La Sosa Nostra. Porrismo y gobierno coludidos en Hidalgo, en la demanda por daño moral que en su contra mantiene el ex diputado federal Gerardo Sosa Castelán.

Con esto queda firme la sentencia que absuelve al periodista Miguel Angel Granados Chapa y otras personas incluidas originalmente en la demanda del político priista por su participación en el libro, pero también se condena a Rivera Flores a pagar una cantidad de dinero aún no determinada como reparación del daño.

De acuerdo con la abogada Perla Gómez Gallardo, al autor se le negó el beneficio del principio de retroactividad de la Ley de Responsabilidad Civil para la Protección de la Vida Privada, el Honor y la Propia Imagen en el Distrito Federal, vigente desde 2006, que elimina las sanciones monetarias y obliga sólo a la publicación de la sentencia. Asimismo, denunció que se desatendieron los últimos criterios de la Suprema Corte que establecen que una figura pública está expuesta a un mayor escrutinio público sobre sus acciones o conductas.

La defensora —quien precisó que el litigio ha cumplido ya cinco años y siete meses, cuando no debió exceder de dos años— explicó que se presentará un último recurso de revisión ante la Suprema Corte y no se descarta una denuncia contra los magistrados por la presunta comisión de delitos contra la administración de justicia.

Por otro lado, al resolver la demanda por daño moral presentada por la magistrada Consuelo Villalobos Ortiz contra cinco periodistas, la juez 22 de lo Civil, América Mata Urrutia emitió una sentencia negativa contra Rubén Lara León y Eduardo Huchim May, colaboradores de Rumbo de México, Emeequis, respectivamente, y los condenó a publicar la sentencia de cerca de 90 fojas, a pesar de que la demandante sólo pidió la publicación de un fragmento.

Lara y Huchim, así como Luis Soto, Abel Barajas y Victor Fuentes fueron demandados por la funcionaria por hacer públicas las irregularidades detectadas por la Auditoría Superior de la Federación en la remodelación del edificio sede del Tribunal Federal de Justicia Federal y Administrativa, cometidas por colaboradores de Villalobos, cuando ésta presidió ese tribunal.

Según la defensa de los periodistas, la jueza incurrió en graves irregularidades en su fallo, ya que “aplicó una ley que la demandante no invocó, interpretó lo que los codemandados nunca escribieron y le concedió a la magistrada Vilalobos lo que no pidió”. Más aún, fue la juez quien aportó las supuestas pruebas del daño moral que, en todo caso, debió presentar la demandante, no la juzgadora.

Perla Gómez cuestionó la actuación de Mata Urrutia y consideró absurdo que en su sentencia concluya que los textos periodísticos “dan a entender al lector”, “dejan en la mente del lector” “dejan creer al lector” o “hacen pensar al lector” sin hacer una medición muestral de lo que pensaron los lectores que leyeron los textos o explicar cómo hizo para identificar a esos hipotéticos lectores.

La abogada advirtió que al condena a periodistas por informar sobre cuestiones de interés público y difundir información referente a actuaciones de la autoridad se cierra la puerta al escrutinio de las figuras públicas que debe existir en las sociedades democráticas.